DIRECTRICES ANTICIPADAS. AUTORES: -Cappellari, Andrea Paola (Cuil:27249490763; andrepaoca@yahoo.com.ar) Médica de Planta. -D’Esposito, Daniel (Cuil 20227990792; drdesposito@gmail.com) Jefe de Departamento Medicina -Vera Medina, Natalia (Cuil 27342115247; draveramedina@gmail.com) Médica de planta -Caldano, Mariano (Cuil 20351383845; mgcaldano@gmail.com ) Médico de Planta -Frare Pablo (Cuil 20356111401; pablosebastianfrare@gmail.com) Médica de Planta
III Jornadas Científicas Interdisciplinarias del Hospital
Cecilia Grierson. “Abordando los desafíos actuales:
Ética y conciencia ambiental.
Reflexiones y acciones en los equipos de salud”
TRABAJO: DIRECTRICES ANTICIPADAS.
AUTORES:
-Cappellari, Andrea Paola (Cuil:27249490763; andrepaoca@yahoo.com.ar)
Médica de Planta.
-D’Esposito, Daniel (Cuil 20227990792; drdesposito@gmail.com) Jefe de
Departamento Medicina
-Vera Medina, Natalia (Cuil 27342115247; draveramedina@gmail.com) Médica
de planta
-Caldano, Mariano (Cuil 20351383845; mgcaldano@gmail.com ) Médico de
Planta
-Frare Pablo (Cuil 20356111401; pablosebastianfrare@gmail.com) Médica de
Planta
LUGAR DE TRABAJO: Htal Cecilia Grierson, Clínica Médica.
NOMBRE DEL TRABAJO: DIRECTRICES ANTICIPADAS.
TEMA:
En el ámbito sanitario de las sociedades occidentales se ha ido introduciendo con
creciente fuerza el principio de autonomía del paciente. Esto ha llevado, entre
otras cosas, a que éste pueda constituirse en parte activa, junto con el médico,
en la toma de decisiones sobre el tratamiento que le va a ser aplicado estando
enfermo. Sin embargo, no siempre es posible llevar a cabo tal decisión. Cuando
se presenta esa dificultad, las alternativas que se ofrecen al personal sanitario
son las siguientes: consulta a los familiares o tutores del paciente; apelar a un
comité profesional, y considerar la voluntad del paciente manifestada previamente
a la pérdida de su razón.
OBJETIVOS:
- Reconocer una directriz anticipada, entendiendo que es una declaración
escrita, firmada por una persona en plena posesión de las facultades
mentales, en la presencia de algún testigo y bajo la eventual intervención de
un notario, en la que se especifican las condiciones en las que esta persona
deberá ser tratada o no tratada, si alguna vez se encontrase en la
imposibilidad de decidir sobre su propia salud, por el sobrevenir de un estado
de incapacidad intelectual debido a enfermedad, accidente o vejez. Esta
declaración puede ser inscrita en un registro creado con este propósito. Podrá
asimismo contener un poder sanitario en el cual el firmante de este documento
nombra a un representante legal en materia de tratamientos médicos,
encargado de velar por su cumplimiento y tomar decisiones en su lugar.
REFERENCIA METODOLÓGICA:
Como referencia al tema se toma el Derecho Internacional que suele encuadrar
en el Art. 9 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y la
Dignidad del Ser Humano con respecto a las Aplicaciones de la Biología y la
Medicina, donde señala que se deben tomar en consideración «los deseos
expresados anteriormente con respecto a una intervención médica por un
paciente que, en el momento de alguna intervención, no se encuentre en situación
de expresar su voluntad».
ANÁLISIS Y CONCLUSIONES:
Las directrices anticipadas abren el camino a grandes debates bioéticos en
materia de cuidados y tratamientos, de la sacralidad de la vida y su
indisponibilidad.
Como premisa importante hay que decir que no se pueden percibir la
planificación anticipada como una manifestación de pretendida omnipotencia del
hombre, que afirmaría con ellas un poder absoluto sobre su vida y sobre su
muerte, acelerándola o retrasándola a su antojo. Hay obligación moral de
curarse y dejarse curar, y tal obligación tiene que medirse en la situación
concreta.
No se puede dar un juicio moral general acerca de las directrices anticipadas de
tratamiento. Podrían así quedar legítimamente enmarcadas en el proceso por el
cual un sujeto delibera, junto con familiares y profesionales sanitarios, sobre lo
que el futuro puede deparar, sobre cómo quiere que sus creencias y
convicciones guíen las decisiones cuando aparezcan problemas médicos
críticos inesperados y bruscos y sobre cómo se podrían aliviar preocupaciones
relacionadas con cuestiones económicas, familiares, espirituales, religiosas y
otras que preocupan gravemente a los pacientes moribundos y a sus seres
queridos.
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